La legislación laboral española permite la
contratación de trabajadores extranjeros mientras estas contrataciones adopten
las formas que requieren las leyes laborales españolas. La concesión de un
permiso de trabajo y de residencia depende de la autoridad competente en cada
caso. Los casos en los cuales es posible la concesión de los permisos se muestran
en el curso de
psicología.
En caso de que la contratación vulnere alguna ley
laboral española implicará que el inmigrante que así iba a ser contratado no
tendrá derecho a ser contratado en nuestro país. Por otro lado solo se puede
contratar a inmigrantes que tengan residencia legal en España. La contratación
de emigrante no se puede realizar antes de que hayan cumplido los 16 años y es
la misma que afecta a los españoles y ciudadanos comunitarios.
El derecho al trabajo de los extranjeros –
inmigrantes y ciudadanos comunitarios – es lo que se denomina un derecho de configuración legal que viene
determinado por el artículo 36.1 de la Ley de Extranjería que establece que los
extranjeros tanto para trabajar por cuenta propia como por cuenta ajena tienen
que tener en vigor una autorización administrativa para poder trabajar, que no
es otra cosa que un permiso de trabajo. Los permisos de trabajo dan derecho a
que los inmigrantes accedan a un permiso de residencia.
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